Nuevos requisitos para obtener el permiso de conducir A


El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las órdenes ministeriales que establecen modificaciones en los cursos para la obtención del permiso de conducción de la clase A, así como en los cursos de conducción segura y eficiente dirigidos a conductores de motocicletas y turismos.
- Estas iniciativas, de gran relevancia en materia de seguridad vial, forman parte del Plan de Actuación 2024-2025 de la Dirección General de Tráfico (DGT) y estaban pendientes de desarrollo.
La reducción de la siniestralidad entre motoristas es una de las prioridades del Ministerio del Interior en su estrategia de seguridad vial. Según los datos oficiales, el 66 % de los conductores de motocicletas implicados en siniestros viales en carretera y el 34 % en vías urbanas contaban con el permiso A.
En respuesta a esta situación, se ha decidido modificar la normativa que regula el acceso a este tipo de licencia.
Por otro lado, los cursos de conducción segura y eficiente, impartidos hasta ahora por diversas entidades, han demostrado ser una herramienta eficaz en la formación continua de conductores. En reconocimiento a su utilidad, fueron incluidos en la última reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial como un instrumento de carácter voluntario que permitirá recuperar hasta dos puntos del saldo de la licencia a quienes los superen con éxito.
Nuevas condiciones para la obtención del permiso de conducción clase A
Para acceder al permiso de conducción de la clase A, los aspirantes deben ser mayores de 20 años, contar con una antigüedad mínima de dos años en la posesión del permiso A2 (habilitado para motocicletas de hasta 35 kW de potencia y una relación potencia/peso de 0,2 kW/kg) y completar un curso de acceso específico.
Dado que este permiso permite la conducción de motocicletas de cualquier cilindrada y que su obtención es común entre los motoristas implicados en siniestros mortales, la nueva regulación refuerza la formación sobre las principales causas de accidentes graves. Además, busca concienciar sobre sus consecuencias, mejorar el conocimiento de los sistemas de asistencia a la conducción y adaptar el curso a las nuevas dinámicas de movilidad.
Entre las principales modificaciones introducidas en la normativa se incluyen:
- Mayor énfasis en la circulación en vías abiertas: Se reduce la formación en circuito cerrado, considerando que los aspirantes ya cuentan con experiencia en este ámbito. El curso incluirá tres horas de formación teórica, dos horas de prácticas en circuito cerrado y cuatro horas de circulación en vías abiertas.
- Formación en carreteras convencionales: Al menos dos de las cuatro horas de circulación en vías abiertas deberán realizarse en carreteras convencionales, donde ocurre la mayor parte de los accidentes mortales de motoristas.
- Uso obligatorio del airbag para motoristas: Tanto alumnos como instructores deberán utilizar este elemento de protección, que contribuye a reducir la gravedad de las lesiones en accidentes. Se estima que el 35 % de los motoristas fallecidos y más del 25 % de los hospitalizados sufren lesiones en el tórax.
- Incorporación de conocimientos sobre sistemas de ayuda a la conducción (ARAS): La formación teórica incluirá información sobre estas tecnologías, que mejoran la seguridad de los motoristas y contribuyen a la reducción de la siniestralidad. Asimismo, se actualizarán los contenidos relacionados con la movilidad urbana y los factores de riesgo.
- Supervisión directa de los alumnos durante las prácticas: En la circulación en vías abiertas, los profesores deberán seguir a los alumnos en motocicleta. Se establecen grupos de un máximo de tres alumnos por instructor en estas prácticas y de cinco en las maniobras en circuito cerrado.
- Opción de formación teórica online: El contenido teórico podrá impartirse mediante teleformación o aula virtual.
Una vez finalizado el curso, el centro que lo imparta deberá acreditarlo, permitiendo al alumno solicitar el permiso de la clase A ante la Dirección General de Tráfico.
Entrada en vigor
Con el fin de otorgar un periodo de adaptación a las escuelas de conducción que imparten estos cursos, la nueva normativa entrará en vigor el 1 de julio de 2025.
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